Normas
En el Distrito Oriental de Washington, los litigantes que tienen derecho a juicio por jurado también tienen derecho a que se seleccione por sorteo a los integrantes de sus jurados, y los participantes de este sorteo serán personas que reflejen la estructura de la comunidad de este distrito judicial. Una vez realizado el sorteo, se elaboran listas generales de candidatos a jurados. Estas listas se pueden combinar entre sí en caso de emergencia o si lo decide el juez, por eso, es posible que usted tenga que ir a cualquiera de las divisiones de este distrito (Yakima/Richland, y Spokane) Ser parte de un jurado es un deber cívico, y también es un privilegio, por lo tanto, todos los ciudadanos de esta región tienen la oportunidad de participar.
Para leer el Plan de Selección de Jurados de este distrito, oprima aquí.
Asistencia obligatoria
• Si no viene – Si usted no se presenta en el tribunal, así como le indica su citatorio, es posible que tenga que pasar ante el juez para explicar por qué no vino. Además, si no logra justificar su ausencia, como castigo, se le puede cobrar una multa de $1,000, o mandar a la cárcel por tres días como máximo, u ordenar que haga servicio a la comunidad.
• Si miente – Existen castigos si usted da información falsa en el cuestionario de preselección de jurados. A las personas que mienten en estos cuestionarios, se les puede cobrar una multa de $1,000, mandar a la cárcel por tres días como máximo, u ordenar que hagan servicio a la comunidad. No importa si miente para evitar ser jurado, o si miente porque sí quiere ser jurado.
Plazo de Turno
Jurados de acusación – Si le toca ser parte de un jurado de acusación, tiene que prestar servicio de jurado por dieciocho (18) meses, a menos que el juez decida extender el plazo. Usted no tendrá la obligación de dar su servicio de jurado en varios jurados, solo uno.
Protección del empleo de los jurados
• El patrón no tiene permitido despedir, amenazar, o presionar a los empleados porque el empleado tenga que prestar servicio de jurado.
• Si el patrón viola esta ley:
El patrón tendrá que compensar al empleado por la pérdida de salarios y prestaciones.
El patrón tendrá que pagar una multa máxima de $5,000 cada vez que viole esta ley, y también se le puede ordenar que preste servicio a la comunidad.
El patrón tiene prohibido seguir violando esta ley, además, deberá cumplir con cualquier medida que sea necesaria para compensar al empleado, incluyendo permitir que el empleado vuelva a su puesto laboral.
(Ver el Artículo 1875 del Título 28 del Código de Estados Unidos para leer el texto original)
Preguntas frecuentes de los patrones
¿Se puede dispensar a mis empleados?
La constitución federal estadounidense garantiza el derecho a tener juicio ante un jurado, por eso, la participación de los ciudadanos en este proceso es fundamental. El juez decidirá si se puede dispensar a sus empleados, o no.
Si una persona cree que ser jurado le crearía muchas complicaciones, entonces tiene que mandar una solicitud de exención (para que lo dispensen) por escrito, y tiene diez días desde la fecha en la que reciba el citatorio para hacerlo. El juez va a rechazar su solicitud de exención si la manda su patrón, en vez de usted (el empleado). Una vez que a usted se le ordene que se presente para prestar servicio de jurado, no está permitido conceder exenciones a menos en caso de una emergencia.
¿Cuál será el horario de mi empleado durante su servicio de jurado?
Los jurados deben presentarse en la corte solo cuando se haya programado un juicio. Algunos candidatos a jurados serán escogidos para ser parte del jurado popular, mientras que otros no. Los que no hayan sido seleccionados se podrán retirar y se dará por cumplida su obligación por el resto del plazo de turno que se les haya asignado, a menos que el juez ordene lo contrario.
El juez que presida el caso será quien determine el horario de los candidatos seleccionados para servir de jurados durante el juicio. El horario de funcionamiento del tribunal es de 8:00 AM a 5:00 PM.
¿Le pagarán a mi empleado por su servicio de jurado?
La paga que reciben los jurados es de $50 al día, más los gastos de transporte para viajes de ida y vuelta según el importe que fija la ley. Los jurados pueden cobrar un importe máximo de $60 al día durante un juicio una vez que superen los diez días de servicio. Los funcionarios públicos del gobierno federal cobrarán su salario normal.
Cómo verificar el servicio de jurado de un empleado
El Encargado/a de la Administración de Jurados, o el funcionario judicial encargado de esa función, verificará por escrito las fechas durante las cuales el empleado se desempeñó de jurado.